Actualidad
La suscripción de noticias vía WhatsApp del Excmo. Ayuntamiento de Alcaudete es un servicio innovador que pretende hacer llegar a todos/as los/as ciudadanos/as la información más relevante de carácter municipal directamente al teléfono móvil.
Todos aquellos/as interesados/as en utilizar la suscripción de noticias vía WhatsApp deberán rellenar y enviar el siguiente formulario.
A continuación, deberán añadir en su agenda telefónica el siguiente número de teléfono, desde el cual recibirán la información: 627 97 55 59. Es requisito imprescindible realizar esta acción, pues en caso contrario no podrán recibir los mensajes.
Si desea información sobre sus expedientes, atender reclamaciones, realizar peticiones o realizar trámites administrativos, deberá ponerse en contacto con el Ayuntamiento de Alcaudete de las siguientes formas:
Es importante que indique correctamente sus datos para que se pueda producir el alta en el servicio. El número de teléfono facilitado deberá estar vinculado a una cuenta de WhatsApp
Ejemplo: Pedro Ramírez Cárdenas.
Ejemplo: 953560000
Los campos marcados con * son obligatorios.
TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
En cumplimiento de los establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el envió voluntario de los datos personales supone el consentimiento del remitente, para que el Ayuntamiento de Alcaudete, los trate de forma automatizada, pudiendo incorporar dichos datos a un fichero automatizado del cual será responsable, para comunicarse con el remitente en el futuro, autorizando la utilización de este medio para la recepción de comunicaciones, en relación con los fines de este Ayuntamiento. El remitente podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, debiendo dirigir su solicitud al Responsable del Fichero: Excmo. Ayuntamiento de Alcaudete - Pl 28 de febrero, 1 - 23660 - Alcaudete (Jaén)
En virtud de la del normativa legal vigente y en relación al Procedimiento Administrativo la utilización de este medio electrónico informático no inicia ningún expediente administrativo, debiendo atenerse a lo especificado en la Leyes 39/2015 y 40/2015.
Volver
Utilizamos cookies para mejorar tu experiencia al navegar por la web. Encontrará más información en nuestra Política de Privacidad.