Para que pueda tener más tranquilidad, vamos a ayudarle a cumplimentar su solicitud en el Área de Desarrollo, de manera que también tramitemos rápidamente la concesión. Se le podrá atender presencialmente con CITA PREVIA en el Área de Desarrollo (Calle Carnicería, 64), que se puede pedir de 08:00 a 13:00 en el teléfono 953-560 951 (donde también puede consultar cualquier duda). También puedes realizar tu solicitud a través de la SEDE ELECTRÓNICA del Ayuntamiento de Alcaudete (pst.alcaudete.es).
Convocatoria de subvenciones a Gastos Corrientes de las PYMES y Autónomos del Municipio de Alcaudete como consecuencia de la crisis originada por el Covid-19 (CONSULTA LAS BASES)
- DESCARGAR ANEXOS PARA RELLENAR Y ENTREGAR A LA HORA DE LA PRESENTACIÓN:
BENEFICIARIOS:
- Tener iniciada la actividad.
- Domicilio de actividad en el municipio de Alcaudete (incluye Los Noguerones, La Bobadilla y El Sabariego).
- Menos de 10 trabajadores.
- Incluidas en el Anexo III.
ACCIONES SUBVENCIONABLES: GASTOS CORRIENTES del 1 de marzo al 30 de junio.
1. Seguridad Social: Cuota de autónomos y TC1 (en caso de que la empresa tenga trabajadores).
2. Alquileres de inmuebles y equipos, leasing y renting.
3. Electricidad.
4. Agua y basura.
5. Teléfono.
6. Combustible.
7. Gestoría.
8. Todo tipo de test, geles, mascarillas así como cualquier otro gasto relacionado con la prevención del COVID-19.
9. Cualquier otro que pueda ser acreditable.
PORCENTAJE DE SUBVENCIÓN: 100% (el IVA no se subvenciona)
IMPORTE MÁXIMO DE LA AYUDA: 1.000 EUROS
PLAZO DE PRESENTACIÓN: Del 14 de mayo al 3 de junio
DOCUMENTACIÓN A APORTAR:
* Autónomos:
- DNI del autónomo.
- Informe de vida laboral del autónomo (se lo puede facilitar su gestoría).
*Sociedades o Comunidades de Bienes:
- DNI del representante.
- CIF de la empresa.
- Escritura de constitución si es sociedad/Contrato si es comunidad de bienes.
- Informe de vida laboral de la empresa.
*(Si la documentación de acreditación de la personalidad ya está presentada en convocatorias
anteriores de subvenciones a la inversión no es necesario volver a aportarla).
Convocatoria de subvenciones para la inversión, modernización e innovación tecnológica de las Pymes y Autónomos del municipio de Alcaudete (CONSULTAR BASES)
- DESCARGAR ANEXOS PARA RELLENAR Y ENTREGAR A LA HORA DE LA PRESENTACIÓN.
BENEFICIARIOS:
- Tener iniciada la actividad o tenga previsto iniciarla antes del 1 de octubre de 2020,
- Domicilio de actividad en el municipio de Alcaudete (incluye Los Noguerones, La Bobadilla y
El Sabariego)
- Menos de 10 trabajadores.
ACCIONES SUBVENCIONABLES: INVERSIÓNES realizadas o previstas del 1 de enero al 31 de octubre.
1. Realización de obras o reformas del local comercial, incluyendo fachadas.
2. Adquisición de rótulos luminosos.
3. Adquisición de maquinaria específica, relacionada con la actividad.
4. Adquisición de mobiliario para el local.
5. Contratación de alarmas. Cierres y cámaras de seguridad para el local.
6. Inversión en adquisición e implantación de sistemas de optimización del consumo energético. Nuevas luminarias de bajo consumo o led, interruptores, ralentizados, adquisición de equipos de climatización o refrigeración, mejora de los cerramientos, cambio de puertas y ventanas.
7. Inversión en equipamiento informático y actualización informática. Ordenadores, contratación externa de servicios de diseño de página web, contratación externa de creación de tienda virtual, inversión en software de gestión empresarial.
8. Inversión en mamparas y cualquier otro elemento que garantice la seguridad ante el COVID-19.
9. Cualquier otra inversión en inmovilizado material o inmaterial que repercuta en la mejora y/o productividad de la empresa.
PORCENTAJE DE SUBVENCIÓN: 100% (el IVA no se subvenciona)
IMPORTE MÁXIMO DE LA AYUDA: 1.500 € (Hostelería) 1.000 € (Resto)
PLAZO DE PRESENTACIÓN: -
DOCUMENTACIÓN A APORTAR:
* Autónomos:
- DNI del autónomo.
- Presupuesto de la inversión a realizar y/o factura.
*Sociedades o Comunidades de Bienes:
- DNI del representante.
- CIF de la empresa.
- Escritura de constitución si es una sociedad/ Contrato de la Comunidad de Bienes.
- Presupuesto de la inversión a realizar y/o factura.
*(Si la documentación de acreditación de la personalidad ya está presentada en convocatorias
anteriores de subvenciones a la inversión no es necesario volver a aportarla)