Finalmente se ha tenido que ampliar la partida prevista con más de 150.000 € para las Ayudas a la inversión nutriéndose de otras partidas de distintas áreas. En concreto, la Ayuda para la Inversión y Modernización va a suponer una inyección económica de más de 211.098,11 € que irá destinada a cubrir proyectos de mejora de nuestros comercios y empresarios autónomos. Esta línea es la que anualmente convoca el Ayuntamiento con la salvedad de que este año se han cubierto prácticamente el 97% de las solicitudes y ha visto incrementado su presupuesto. En total, 212 empresas beneficiarias. La Ayuda a Gastos Corrientes a consecuencia de la pandemia es la línea novedosa que el Ayuntamiento ha puesto en marcha para paliar los efectos de la crisis. La inversión que repercutirá directamente en la economía local ascenderá a 185.719 €, y al igual que la anterior, también se han cubierto la práctica totalidad de las solicitudes, con 206 PYMEs beneficiadas. 

Consulta aquí si tu empresa o negocio es beneficiaria en alguna de las ayudas:

AYUDAS PARA GASTOS CORRIENTES A CAUSA DE COVID-19

AYUDAS A LA INVERSIÓN (RESOLUCIÓN PROVISIONAL)

IMPORTANTE:

- El plazo para presentar la justificación de la Ayuda para Gastos corrientes se encuentra abierto hasta el 31 de octubre de 2020.
- El plazo para la justificación de la Ayuda a la Inversión SE ABRE A MEDIADOS DE AGOSTO hasta el 31 de octubre de 2020.


- Para presentar la justificación se requiere para ambos casos un Certificado de hallarse al corriente con las Haciendas Estatal, Autonómica y Local, y con la Seguridad Social de acuerdo a la Ley estatal. En caso de ser una empresa beneficiaria de ambas ayudas, con presentarlo una sola vez es suficiente. El certificado puede gestionarlo su gestor o gestoría, o bien pedirlo usted mismo con su Certificado Digital.

Si no dispone de un Certificado Digital de su DNI o Representante puede conseguirlo y descargarlo aquí: Real Fábrica de Moneda y Timbre. Tendrá que validar sus datos personándose en el Ayuntamiento con su DNI físico y una clave que obtendrá en el proceso. Una vez hecha esta validación podrá descargarlo y usarlo en su navegador web. 

Recordamos que los documentos a aportar para la justificación, además de los anteriormente citados, son los siguientes en cada una de las ayudas:

Ayuda gastos corrientes: a. Facturas debidamente firmadas y selladas. b. Documentos de pago de las facturas. Con fechas del 1 de marzo hasta el 30 de junio de 2020. 

Ayuda a la inversión: a. Facturas de proveedores (Originales o copias compulsadas). b. Documentos de pago de las facturas. Como documentos de pago se admitirán exclusivamente documentos bancarios en los que aparezca claro el concepto del pago (Nombre de proveedor y factura), o en caso de ser facturas pagadas al contado, será necesario adjuntar ticket de compra y/o certificado del proveedor indicando que la factura ha sigo pagada al contado.

Recordamos que solo se concederá el importe debidamente justificado y acreditado. Será igualmente necesario un certificado de la cuenta bancaria donde se ingresará la ayuda concedida a nombre del beneficiario de la subvención. 

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