🎯 ¿A quién va dirigido?
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Autónomos, emprendedores/as y microempresas (menos de 10 empleados) con actividad en el municipio de Alcaudete.
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También comunidades de bienes.
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Pueden solicitarla tanto quienes ya tienen actividad como los que van a iniciarla en 2025 (deben empezar antes del 1 de septiembre de 2025).
💶 ¿Cuánto puedo recibir?
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Hasta el 80% de la inversión, sin contar impuestos (el IVA no se subvenciona).
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Máximo 1.000 € por beneficiario.
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Posibles incrementos:
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+500 € si eres empresa nueva o cambias de local.
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+500 € si el/la solicitante principal es menor de 30 años.
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Total máximo: 2.000 € por beneficiario.
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✅ ¿Qué se subvenciona?
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Obras o reformas en el local (incluidas fachadas).
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Rótulos luminosos nuevos o sustitución de antiguos.
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Maquinaria relacionada con la actividad.
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Mobiliario.
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Sistemas de seguridad: alarmas, cierres, cámaras (no alquiler mensual).
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Sistemas de ahorro energético (LED, climatización, cerramientos, etc.).
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Equipamiento informático:
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Páginas web, tiendas online.
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Software de gestión (sólo compra, no alquiler).
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TPV, móviles, portátiles y tablets (máximo 250 € y 80% de base imponible).
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🚫 Lo que NO se subvenciona
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Materiales consumibles o stock habitual.
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Productos para la venta.
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Inversiones no relacionadas con la mejora o modernización de la actividad.
📅 Plazos importantes
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Solicitudes: A partir del 10 de julio, 30 días naturales. Hasta el 8 de agosto de 2025.
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Realización de inversiones subvencionadas: del 1 de enero al 1 de octubre de 2025.
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Justificación de la inversión: hasta el 3 de noviembre de 2025.
📂 Documentación necesaria
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DNI/CIF y acreditación de la personalidad jurídica.
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Certificados de estar al corriente con:
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Hacienda Estatal y Autonómica.
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Seguridad Social.
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Presupuestos o facturas proforma de la inversión.
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Si ya se ha hecho la inversión: facturas y justificantes de pago bancario.
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IBAN de la cuenta bancaria.
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Documentos que acrediten cambios de local (si aplica).
🖥️ ¿Cómo se solicita?
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Solo a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alcaudete. ACCEDE DIRECTAMENTE AL TRÁMITE
📌 Criterios de valoración (baremación)
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Inversión realizada: hasta 4 puntos.
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Perfil del solicitante (mujer, joven <30, mayor 45, discapacidad): hasta 4 puntos.
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No haber recibido la ayuda antes: hasta 10 puntos.
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Inversión en empresas locales (Alcaudete y aldeas): hasta 5 puntos.
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Empresa nueva o cambio de local: 4 puntos.
🔍 Otras condiciones
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Mantener la actividad 6 meses tras el pago de la subvención.
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Las ayudas son compatibles con otras, siempre que no se supere el coste total de la inversión.
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No se aceptan pagos en efectivo de más de 1.000 €.
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La resolución tarda como máximo 3 meses desde la solicitud.
🔍 Conoce las bases al completo: DESCARGAR